¿Qué es el SGA, Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos? 

 

Es donde se establecen criterios armonizados para clasificar sustancias y mezclas con respecto a sus peligros físicos, para la salud y el medio ambiente.

 

Incluye además elementos armonizados para la comunicación de peligros, con requisitos sobre etiquetas, pictogramas y fichas de seguridad.

 

¿Qué beneficios se obtienen al hacer una Implementación del SGA según la resolución 0773 de 2021?

 

Ventajas del SGA:

 

Según LATU, Centro Coordinador del Convenio de Basilea | Centro Regional del Convenio de Estocolmo para América Latina y el Caribe, estos son algunos de los beneficios del SGA:

 

  • “Es una de las principales herramientas para lograr una gestión racional de los productos químicos” (Según la La Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa:)

 

  • “Permite avanzar hacia la protección del medio ambiente y la salud de las personas, a través de un sistema de comunicación de peligros armonizado y comprensible para usuarios, fabricantes, trabajadores y consumidores a nivel internacional”.

 

  • Proporciona un marco de clasificación reconocido para aquellos países que carecen del Sistema. 

 

  • Reduce la necesidad de efectuar ensayos y evaluaciones de los productos químicos, mediante la disponibilidad de información. (LATU | Centro Coordinador del Convenio de Basilea | Centro Regional del Convenio de Estocolmo para América Latina y el Caribe)

Qué es el SGA

¿Historia del  Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos (SGA)? 

 

La historia del SGA de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos se remonta a 1992, fue en ese año en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD – 1992), cuando se aprobó el mandato internacional que le dio el primer impulso.

 

Esta tarea comenzó con una premisa: “los sistemas existentes deberían armonizarse en un único sistema globalmente armonizado que tratara de la clasificación, del etiquetado y de las fichas de datos de seguridad de los productos químicos”. (Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) Sexta edición revisada; ONU).

 

¿Actualidad del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos (SGA) en Colombia? 

 

El siete de marzo de 2021 el Ministerio del trabajo emitió la resolución 0773; en ella se entregan las directrices para la implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en lugares de trabajo. Algunas de las resoluciones más importantes contenidas allí son: 

 

  • Los empleadores deberán implementar en sus lugares de trabajo la clasificación y comunicación de peligros de los productos químicos de acuerdo con el SGA de la ONU, sexta edición revisada del año de 2015.  

Lo anterior teniendo en cuenta que la comunicación de los peligros de los productos químicos abarca el etiquetado y la elaboración de Fichas de Datos de Seguridad -FDS.

 

  • Además los productos químicos usados en el lugar de trabajo deben clasificarse según el SGA de la ONU, sexta edición revisada del año de 2015. 

 

  • Los productos químicos no peligrosos conforme con los criterios del SGA utilizarán una etiqueta con la identificación del producto e identificación del proveedor.

 

  • La etiqueta podrá contener la cantidad nominal del producto químico contenido en el envase y el número de lote, salvo que estos valores ya aparezcan especificados en otro lugar de este.  

 

  • Para el caso de mezclas o aleaciones se deberá indicar la identidad química de cada componente o elemento de la aleación que pueda producir toxicidad aguda, corrosión cutánea o daños oculares graves, mutagenicidad sobre las células germinales, carcinogenicidad, toxicidad para la reproducción, sensibilización cutánea o respiratoria o toxicidad específica de órganos diana.

 

  • El tamaño de la etiqueta será el establecido por el reglamento 1272 de 2008 de la Unión Europea y será proporcional al tamaño y la forma del envase; según lo estipulado en la resolución 0773 del 7 de abril de 2021.

 

  • Los pictogramas de peligro prescritos en el SGA tendrán borde rojo, fondo blanco y símbolo negro. En caso que el producto químico no esté destinado a salir del lugar del trabajo, puede usarse borde negro en el pictograma.

 

  • En cuanto a las Fichas de Datos de Seguridad – FDS serán responsabilidad del empleador que hace las veces de proveedor, ya sea como fabricante, transportador o distribuidor de productos químicos peligrosos o realiza mezclas o diluciones, será el responsable de la información de la FDS. Esta información deberá actualizarse cuando se sustituyan o adicionen productos químicos peligrosos o cuando se cuente con información actualizada de los peligros

 

  • La implementación del SGA deberá incorporarse al SG-SST como una medida del control del riesgo químico, en los términos establecidos por la resolución 0773 de 2021.

 

  • Se deberá capacitar al personal involucrado en el manejo de productos químicos sobre los elementos de comunicación de peligros: etiquetas, pictogramas, fichas de datos de seguridad y  SGA por lo menos una vez al año. 

 

  • El empleador deberá garantizar el acceso permanente a las FDS  por parte de los trabajadores.

 

  • La implementación del SGA para las sustancias químicas puras y soluciones diluidas tendrá un período de transición de máximo 24 meses contados a partir del 7 de abril de 2021; para las mezclas será de 36 meses.

 

Si deseas conocer el texto completo de la resolución puedes descargarlo aquí.